¿Qué son las consultas ciudadanas?

Las consultas ciudadanas son instancias que pretenden incorporar la opinión de la ciudadanía respecto de una determinada política, plan, proyecto o normativa gubernamental. Los procesos de consulta realizados a través de esta web respetarán las siguientes etapas:

  • Publicación de la propuesta en esta web, acompañada por una breve minuta que explique su lógica y contenido, en un lenguaje claro y accesible. La minuta describirá el problema o necesidad que motiva la elaboración o modificación de la política, plan, proyecto o normativa, los objetivos perseguidos, la propuesta en sí misma y los efectos esperados. Cuando corresponda, se incorporará un recuadro comparado con la redacción actual y la nueva redacción que se propone.
  • Plazo para opinar, a través de un formulario electrónico de observaciones que permite adjuntar documentos. Al publicar la consulta se indicará el plazo de inicio y el de término. Por regla general, el plazo será de treinta días corridos. Si razones de interés público o urgencia justifican una tramitación más veloz podrá reducirse el plazo.
  • Respuesta dentro de un plazo. Terminado el plazo para opinar el Ministerio revisará el conjunto de observaciones recibidas y se hará cargo de ellas en un plazo de 30 días, prorrogable cuando el volumen de trabajo lo justifique. Concluida la revisión el MINVU publicará en su sitio web: (a) Las contribuciones recibidas, que serán públicas en su integridad al igual que el nombre de quienes las presentaron rechazándose cualquier solicitud de reserva o confidencialidad, salvo en cuanto al correo electrónico que se reservará; (b) Una respuesta razonada a las contribuciones que indique los cambios que se harán a la propuesta y su fundamento, así como también las justificaciones que llevaron a desechar las propuestas que no fueron acogidas.

Es preciso advertir que en los actos normativos sujetos al trámite de toma de razón en la Contraloría General de la República, el texto final queda condicionado al resultado de este trámite de control, pues sólo una vez que éste termine favorablemente puede publicarse la norma en el Diario Oficial.

Adicionalmente, en esta web también se anunciarán y/o publicarán los resultados de las consultas ciudadanas realizadas a través de diálogos participativos u otras metodologías presenciales.

 

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